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jueves, diciembre 5 , 2024

Actualidad de Medellín y la Comuna 4 - Aranjuez

Periódico la pupila

Apropiamiento o apoderamiento del espacio público

Hubo un tiempo en el que la gente tenía la certeza que las calles eran para toda la comunidad, es decir, para el uso de todos los ciudadanos.

Hubo un tiempo en el que la gente tenía la certeza que las calles eran para toda la comunidad, es decir, para el uso de todos los ciudadanos. Las vías eran un espacio sagrado de tránsito a través de la ciudad y los barrios, que permitían a la gente movilizarse a pie o en vehículos de transporte público o particular. El civismo y el respeto de las vías públicas iban de la mano de la consciencia de que las calles eran parte de un beneficio general.   

Hoy es un lejano recuerdo. Solo basta con salir a las calles de la Comuna 4, para darnos cuenta de que ya el espacio público que nos beneficiaba colectivamente está en vía de extinción. Personas, en su afán comercial o interés personal, se están apoderando de las calles ante la inoperancia de las autoridades.  

Al parecer confundieron la frase de apropiación del espacio público, con apoderamiento del espacio público. Y es que ya a la gente no le queda por donde caminar, ni las aceras ni las calles sirven para que adultos, jóvenes o niños transiten por los barrios.   

Al uso indiscriminado para propósitos personales o comerciales de los andenes, se suma el apoderamiento de las vías públicas por parte de algunos ciudadanos, que indelicadamente están haciendo de éstas sus parqueaderos o “garajes” privados, sin mostrar respeto por la comunidad que tiene derecho a disfrutar de sus calles como un espacio público.  

Ya sin ningún rubor, cualquiera va poniendo un balde con cemento en el que fija una varilla y une con otros elementos, por medio de lazos y cadenas, para delimitar zonas, como si fueran una autoridad o tuvieran la potestad de tomar propiedad sobre “ese lote”.  

En algunos casos, quienes lo hacen, aducen que es para evitar que les parqueen en frente de la vivienda y les obstaculicen el tránsito o la movilidad de quienes habitan en la residencia, si bien es entendible esta situación, no justifica de ninguna manera el uso de elementos que terminan obstruyendo la movilidad en las vías de los barrios y generando accidentalidad. 

Hoy prima el interés individual sobre el interés general. Pero lo más preocupante es la falta de conciencia de muchos ciudadanos, que quizás saben que no es correcto que alguien se apropie de una vía pública, y no tienen la valentía de reclamarle que no debe obstruir el espacio, y mucho menos para “reservarlo” como parqueadero.  

¿Y dónde está el Policía?

Aunque parece título de película cómica clásica, es la pregunta que se hacen los ciudadanos, toda vez que esta situación va en aumento. Y lo peor es que todo pasa de frente y como se dice popularmente: “en las narices” de quienes ejercen la autoridad.  

Ejemplo de ello es la Policía, para quienes a todas luces el Código de Policía se convirtió en un saludo a la bandera, dado que es casi nula su acción a la hora de expedir comparendos y garantizar el uso del espacio público, y así evitar su apoderamiento.  

Es importante precisar que según el código de policía (Ley 1801 de 2016), el artículo 139 define el espacio público en uno de sus apartados. La ley expresa que son “[…] las áreas requeridas para la circulación peatonal, en bicicleta y vehicular […]”. Y en el parágrafo 2 enuncia que: “[…] se entiende por bienes de uso público los que permanentemente están al uso, goce, disfrute de todos los habitantes de un territorio, como por ejemplo los parques, caminos o vías públicas […]. 

Por otra parte, los numerales 4 y 9 del artículo 140 de la misma ley, expresan como un comportamiento contrario al cuidado e integridad del espacio público, la ocupación del mismoescribir o fijar postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales tales como piedras y troncos de árbol, leyendas, dibujos o grafitis sin el debido permiso, incumpliendo la normatividad vigente, contravenciones que dan lugar a sanciones tipo 1 y tipo 2 que van de los cuatro (4) a ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).

Desde el periódico La Pupila se le hace un llamado a la administración distrital, a las autoridades civiles y a la ciudadanía a tomar cartas en el asunto, toda vez que el tema de la ocupación del espacio público está tomando matices serios y graves para la ciudad, pues falta poco para que quienes se apropiaron de las calles, exijan las escrituras de sus “lotes”, porque como lo dice el refrán “el que calla otorga”. 

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